Se oficializó: "servicio esencial" para el sector aerocomercial
El Presidente publicó el decreto que reglamenta los cambios en el Código Aeronáutico. Los gremios del sector advirtieron que continuarán con las medidas de fuerza. Finalmente, el Gobierno publicó este lunes el decreto que reglamenta la declaración de "servicio esencial" al sector aerocomercial. La decisión había sido adelantada la semana pasada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La medida reglamenta lo dispuesto en el mega DNU 70/23 publicado en diciembre del año pasado, en el que se habilita la inclusión del sector aerocomercial dentro de la calificación como "esencial" para garantizar una cobertura del servicio e impedir la paralización ante medidas de fuerza.
Con la firma del presidente Javier Milei, el Ejecutivo reglamentó el
artículo 2° de la Ley Nº 17.285 que señala que "cumplida la obligación
impuesta por el artículo 2º de la Ley Nº 14.786 y vencido el plazo de
QUINCE (15) días previsto en el artículo 11 de la referida ley, la parte
que se propusiere ejercer medidas de acción directa que involucren a la
actividad aeronáutica civil aerocomercial debe preavisarlo a la otra
parte y a la Autoridad de Aplicación en forma fehaciente y con al menos
CINCO (5) días de anticipación a la fecha en que se realizará la
medida". Además, indica que "en un plazo de VEINTICUATRO (24) horas de
notificada la comunicación referida en el artículo 2° del presente
Anexo, las partes deberán ponerse de acuerdo sobre los servicios mínimos
que se mantendrán durante el conflicto y las modalidades de su
ejecución, señalando concreta y detalladamente la forma en que se
ejecutarán las prestaciones, incluyendo la designación del personal
involucrado". Asimismo, aclaran que si una vez agotado dicho término "el
acuerdo no fuere posible o los servicios mínimos informados resultaren
insuficientes, la determinación de las materias enumeradas
precedentemente será efectivizada en el término de CUARENTA Y OCHO (48)
horas por la Autoridad de Aplicación, que notificará e intimará a las
partes a su cumplimiento". Ante ese escenario, se deberá tener en cuenta
"para la determinación de los servicios mínimos un porcentaje que en
ningún caso podrá resultar inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50 %)
respecto de la actividad o prestación normal y regular de los
servicios", teniendo en cuenta "una escala gradual sobre la base de la
duración y extensión acumulada del período de huelga y del conflicto
colectivo de trabajo, garantizando la conectividad en las rutas que
contaren con un solo servicio". Pese a la decisión del Gobierno de
declarar al sector como "esencial", y luego de implementar medidas de
fuerza por 24 horas el viernes pasado, la Asociación de Pilotos de
Líneas Aéreas (APLA) anticipó que irán "incrementando" las medidas
contra Aerolíneas Argentinas, hasta tanto no se logre la recomposición
salarial reclamada y se reincorpore a los pilotos despedidos.
Mediante
un comunicado difundido por la red social X, APLA señaló que "tras las
sanciones y despidos de compañeros/as pilotos por llevar adelante
medidas de acción gremial, es más importante que nunca, mantenernos
unidos y solidarios". Agregaron que "a fuerza de su lucha "está en la
cohesión, defendiéndonos, apoyándonos mutuamente. Lo que cada uno tiene
para aportar en este legítimo reclamo son sus propias acciones
sindicales puestas al servicio de la defensa colectiva".