Palo y a la Bolsa: Cuánto le cuesta el veto al jubilado
La ley vetada disponía un haber mínimo móvil de 317 mil pesos. Si no se renueva el bono, cada jubilado cobrará 83.281 pesos menos. Por Raúl Dellatorre. Al establecer una recomposición para todos los haberes jubilatorios del 7,2 por ciento, la ley que vetó Javier Milei le garantizaba un aumento extra a todos los jubilados, cualquiera fuera su nivel de ingreso, en ese porcentaje. Pero, como además, en la misma ley vetada se fijaba una jubilación mínima equivalente a una canasta básica total de un adulto más un 9 por ciento, ello suponía fijar para septiembre un haber mínimo de 317.704 pesos. Vetada la nueva ley, los jubilados de la mínima cobrarán un haber de 234.423 pesos más el bono de 70.000 pesos, si el gobierno decide mantenerlo y en su nivel anterior.
En ese caso, la pérdida sería de 13.281 pesos tan solo en el mes. Pero,
como el bono es de otorgamiento "discrecional" y todavía no se informó
cuál será el criterio del Ejecutivo a aplicar este mes, si decidiera
discontinuarlo la pérdida entre lo que cobre un jubilado de la mínima y
lo que le hubiera tocado bajo el régimen de la nueva ley que se vetó,
sería de 83.281 pesos. La ley 27.756 aprobada en el Congreso por amplia
mayoría (en junio en Diputados, en agosto en el Senado) establecía, en
la práctica, incorporar el bono de 70.000 pesos (el valor en el que el
gobierno lo congeló a partir del pasado mes de marzo) al haber
jubilatorio, eliminando la discrecionalidad que tiene el presidente de
la Nación de decidir, mes a mes, si lo mantiene y, en ese caso, a qué
valor.
Las normas vetadas
Las tres modificaciones principales que disponía la nueva ley para establecer la fórmula de movilidad eran:
Un aumento extra del 7,2 por ciento para todos los haberes
Una jubilación mínima atada a la valuación de la canasta básica total de un adulto equivalente más un 9%
Una
cláusula gatillo a aplicar en marzo de cada año, si la evolución
salarial (RIPTE) del año anterior hubiera superado la inflación
Para
el mes de septiembre, el valor de la Canasta Básica Total a tener en
cuenta sería el de julio: $291.472 (según el Indec). El 109% de la CBT
es $317.704. Ese sería, en consecuencia, el piso para las jubilaciones
de este mes.
Bajo el régimen actualmente vigente, dispuesto por el
DNU 274/24, la jubilación mínima resultante para septiembre es de
234.423 pesos. Si a ello se le suma un bono, o no, está supeditado a la
decisión de Milei. El propio Milei se ocupó de recordar que su
otorgamiento, o no, es una cuestión "discrecional" en manos del
Ejecutivo. "Sólo habrá bonos en función de cómo viene la situación y
cómo vienen los números fiscales", dijo en una entrevista televisiva. Y
no vienen bien, aparentemente, a juzgar por la decisión que tomó de
vetar la Ley 27.756. Si no hay bono, los jubilados de la mínima ya
habrán perdido 83.281 pesos con respecto al piso de haberes que disponía
la ley vetada. Esto es, el equivalente a un recorte del 26 por ciento
del vetado piso de haberes.
Para los jubilados que ya cobraban más de
la mínima sumada al bono, no lo afectaría el piso de haberes pero sí la
no aplicación del aumento adicional de recomposición, por la inflación
de enero que, con el decretazo de Milei, sólo entró en el cálculo
parcialmente. Si a una jubilación que en agosto hubiera sido de 700 mil
pesos, por dar un caso, se le hubiera aplicado en septiembre --como
establecía la Ley 27.756-- el ajuste por inflación de julio del 4 por
ciento más un adicional del 7,2 por ciento, le hubiera correspondido
alcanzar este mes a 780.416 pesos. En cambio, después del veto, quedará
tan sólo en 728 mil pesos: una pérdida de haberes de 52.416 pesos sólo
este mes. Pérdida que se reiterará en todos los meses siguientes,
actualizada.
Errores de cálculo
Vale señalar que el cálculo del
7,2 por ciento surge de comparar la inflación de enero, de 20,6 por
ciento, con la recomposición definida por el gobierno cuando dispuso el
cambio de la fórmula, salteando la actualización por el primer mes del
año. En compensación, otorgó un aumento extra "por única vez", del 12,5
por ciento. En realidad, el porcentaje a recuperar era la diferencia de
puntos porcentuales entre ambos incrementos: 8,1 puntos (20,6 menos
12,5), y no 7,2 puntos, que surgió de la comparación entre dos valores
actualizados (a las tasas de 20,6 y 12,5 por ciento). Si a las
jubilaciones vigentes por la "fórmula Milei" a agosto se le aplicaba el
aumento del 8,1 por ciento más la inflación, se llegaba en septiembre
aproximadamente al mismo valor que resultaba de la fórmula de movilidad
anterior (253.225 pesos de haber mínimo). En cambio, aplicando la del
7,2 por ciento, la recuperación es parcial (251.300 pesos).
Cláusula gatillo
Finalmente,
con el veto a la ley también cayó la cláusula por la cual en marzo de
cada año se compararía la evolución del salario medio (RIPTE) con el
ajuste por inflación aplicado a las jubilaciones durante el año
anterior. Si la evolución salarial resultara mayor, se aplicaría un
aumento a las jubilaciones.
Así, se garantizaba que a mediano plazo
las jubilaciones pudieran recuperar poder adquisitivo a la par de la
recuperación de los salarios en términos reales. Pero esta ventaja quedó
vetada y, así, las jubilaciones en el régimen de ajuste instaurado por
Milei sólo van a ir actualizándose al ritmo de la inflación, sin
posibilidad de recuperarse en términos reales de sus pauperizados
niveles actuales.
Según estimaciones de CEPA, en términos históricos
los haberes actuales se ubicarían 30 por ciento por debajo de noviembre
de 2019 y casi 50 por ciento más bajos que los de noviembre de 2015.