La justicia federal aseguró que el memorándum con Irán no constituye un delito
El Tribunal Oral Federal 8 ordenó el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner Por Irina Hauser. "El Memorándum de entendimiento con Irán más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito (...) No hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento”. Con esa afirmación categórica el Tribunal Oral Federal 8 (TOF8) puso fin a una de las más emblemáticas causas armadas y ordenó el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner y de todos los imputados que habían sido acusados en un comienzo por el fallecido fiscal Alberto Nisman y luego por la DAIA.
La jueza María Gabriela López Iñíguez y los jueces Daniel Obligado y Juan Michilini consideraron en forma unánime que no hay motivos para hacer un juicio. Dieron la razón a las defensas con argumentos en la misma línea que había utilizado el juez federal Daniel Rafecas cuando decidió archivar el caso el 26 de febrero de 2015, poco después de la primera denuncia, que fue reabierta al año siguiente por la Cámara de Casación Penal y extendió sus efectos políticos hasta ahora. También señalaron que está fuera de duda que las visitas de los jueces de Casación Gustavo Hornos y Mariano Borinsky a Mauricio Macri en la Casa Rosada y la Quinta de Olivos en momentos claves del expediente "afectaron la imparcialidad e independencia del juez natural". “Desde que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la República Argentina y la República Islámica de Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición”, dice la resolución de 387 páginas. Ni traición a la patria, como intentó adjudicar el fallecido juez Claudio Bonadio, igual que familiares de AMIA aliados con la DAIA --hoy querellantes-- ni encubrimiento de los iraníes sospechosos del ataque terrorista, como imputó desde un comienzo Nisman. Según el TOF8 no hay nada de eso, tal como desarrollaron en las audiencias orales las defensas y, en particular, los abogados Marcos Aldazábal, que representa al viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, y Aníbal Ibarra, letrado del senador Oscar Parrilli. La decisión de la jueza y los jueces, a la vez, se contrapone con el planteo del fiscal Marcelo Colombo, que pedía que el juicio se haga.