Ley de alquileres
Qué es la ley de alquileres y cómo impacta en los contratos
Actualización del monto, plazos, garantías, quién paga los gastos. Las normas que regirán en los futuros contratos si se aprueba la ley. La reforma de una ley de alquileres será uno de los temas centrales en la sesión especial que se llevará a cabo este miércoles en el Congreso. La Cámara de Diputados buscará darle media sanción a un tema que lleva tres años de idas y vueltas. Principales puntos de la ley de alquileres
-Ajustes: las actualizaciones deberán ser anuales y no semestrales como son actualmente. Además, los ajustes pasarán a realizarse en base a un índice mixto, conformado por el índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte).
Este punto lo celebran inquilinos, ya que los alquileres no aumentarán
más que sus salarios, pero también los propietarios, ya que las
actualizaciones se realizan en forma aproximada y quedaban muy por
debajo de la inflación.
-Plazo: el contrato de locación tendrá como
plazo mínimo tres años, un año más de lo establecido en la actual
regulación. Este es uno de los puntos más celebrados por los inquilinos:
argumentan que brinda mayor estabilidad para la planificación familiar y
a su vez reduce los gastos que implica la renovación de un contrato
-Honorarios:
los gastos por intermediación de un corredor inmobiliario, de
publicación, certificación de firmas o de cualquier otro intermediario
dejará de estar a cargo del inquilino.
-Garantías: el locatario
propondrá al menos dos opciones, el locador deberá aceptar alguna de las
siguientes garantías, siempre que cubra las obligaciones del contrato:
1) Garantía real, 2) Aval Bancario, 3) Seguro de Caución, 4) Garantía de
fianza, 5) Garantía personal del locatario, que se documentará con
recibo de sueldo o certificado de ingresos
-Registración de los
contratos: los contratos de locación de inmuebles deberán ser declarados
ante AFIP. Este punto también es celebrado por los inquilinos, dado que
según Inquilinos Agrupados, el 90 por ciento de los contratos son en
negro. Esto impide el pago vía transferencia, y el pago en efectivo
resulta inseguro y poco práctico. Además, la entrega de los recibos que
no son válidos como factura llevan a que el alquiler no pueda ser
deducido en el Impuesto a las Ganancias
-Resolución anticipada del
contrato: el contrato puede ser resuelto anticipadamente por el
locatario si transcurren seis meses de contrato, debiendo notificar en
forma fehaciente su decisión al locador con al menos un mes de
anticipación. Si hace uso de la opción resolutoria en el primer año de
vigencia de la relación locativa, debe abonar al locador, en concepto de
indemnización, la suma equivalente a un mes y medio de alquiler al
momento de desocupar el inmueble y la de un mes si la opción se ejercita
transcurrido dicho lapso. Cuando la notificación al locador se hiciese
con una anticipación de tres meses o más, no corresponderá el pago de
indemnización alguna por dicho concepto.
-Reparaciones y expensas: el
locatario tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones. Pero
ya no tendrá a su cargo las expensas extraordinarias.