El DNU facilita la posibilidad de embargar las cuentas sueldo
El DNU facilita la posibilidad de embargar las cuentas sueldoOtra pérdida para el trabajador
El Gobierno sigue avanzando sobre las condiciones de protección de los trabajadores. Para beneficiar a los acreedores y bancos, la cuenta sueldo pasará a ser pasible de embargo. Hasta ahora sólo estaba alcanzado el salario.
Los bancos podrán embargar tanto del salario como de la cuenta sueldo.
En el paquete de medidas para “modernizar” el Estado que el gobierno anunció ayer introdujo un cambio en la regulación que impedía embargar las cuentas sueldos de los trabajadores. Con el nuevo decreto de necesidad y urgencia, se le permite a las entidades financieras quedarse con los depósitos que excedan los tres salarios mínimos para cancelar las deudas. Es una medida a favor de los acreedores.
El Banco Central planteó que esta iniciativa ayuda a mejorar la calidad
crediticia de los individuos, al poder dejar sus depósitos en garantía.
Pero especialistas en materia laboral aseguraron a este diario que
simplemente le facilita las cosas a las entidades financieras para
cobrarse sus deudas. Hoy los bancos, debido a que las cuentas sueldo
eran consideras inembargables, debían acordar empleador por empleador
retener parte de los ingresos del asalariado antes de su giro a la
cuenta.
El esquema vigente hasta ahora mantenía como regla la
imposibilidad de embargar los fondos de una cuenta sueldo. Lo que si
podía embargarse era 20 por ciento del salario (sin depositarse), sobre
el monto excedente de los dos salarios mínimos. El salario mínimo es de
9500 pesos, por lo cual una financiera podía acordar con un empleador
que retenga antes del giro a la cuenta 20 de cada 100 pesos cobrados por
encima de los 19.000 pesos. Con la reforma, el ingreso mínimo
inembargable pasará a ser de 28.500 pesos, pero las entidades
financieras tendrán la posibilidad de embargar tanto del salario como de
la cuenta sueldo todo el excedente.