PERSONERÍA JURÍDICA MATRÍCULA 32264
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La Corte Suprema de México ordenó al Congreso sancionar una ley para regular publicidad oficial

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La Corte Suprema de México ordenó al Congreso sancionar una ley para regular publicidad oficial

LPO (México DF)En un histórico fallo de alcance regional, el máximo tribunal de México dio un plazo hasta el 30 de abril de 2018.
Los jueces Arturo Zaldivar Lelo de Larrea y Luis María Aguilar.En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ordenó al Congreso expedir una ley en la que se regule el gasto en publicidad oficial antes del 30 de abril de 2018.

En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ordenó al Congreso expedir una ley en la que se regule el gasto en publicidad oficial antes del 30 de abril de 2018.
Ministros de la Primera Sala de la Corte pidieron dar cumplimiento a la reforma constitucional de 2014, en la que se estableció que antes del 30 de abril de 2014 el Congreso de la Unión debía expedir la legislación en materia de publicidad oficial, lo que hasta ahora no ocurrió.

De este modo, la Corte concedió por cuatro votos contra uno, el amparo a la asociación civil Artículo 19 que reclamó la omisión del Congreso al incumplir el tercer artículo transitorio de la reforma constitucional de febrero de 2014, según el cual la referida ley (parte integral de la reforma) tenía que estar lista en abril de aquel año.

"La ausencia de esta regulación propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en materia de comunicación social, lo cual constituye un mecanismo de restricción o limitación indirecta de la libertad de expresión, claramente proscrito por la Constitución".

"Ni de la libertad de expresión ni de ninguna otra disposición constitucional se desprende que los medios de comunicación tengan un derecho a que se les asignen recursos estatales por difundir publicidad oficial", matiza la sentencia, pero sí es exigible "por un lado, que el ejercicio del gasto en comunicación social del Gobierno atienda a los principios previstos en el artículo 134 y, por otro, que la libertad de expresión no sea afectada por la ausencia de reglas claras sobre ese tipo de gasto".

Y continúa: "La ausencia de esta regulación propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en materia de comunicación social, lo cual constituye un mecanismo de restricción o limitación indirecta de la libertad de expresión, claramente proscrito por la Constitución".

Es la primera vez en la historia del país que la Corte ordena al Congreso Federal expedir una ley, así como la primera vez que el mandato para reparar una omisión legislativa deriva del amparo promovido por un particular y cuyo proyecto fue retomado por el ministro Arturo Zaldívar, que fue respaldado por Pardo Rebolledo, Sánchez Cordero, Cossío Díaz, y Gutiérrez Ortiz Mena.

"Estos derechos, al no ser estrictamente individuales, involucran a más personas por lo que sería imposible protegerlos sin beneficiar a personas ajenas al juicio. Se debe reinterpretar el principio de relatividad para que sea compatible con el fin del juicio de amparo, que es la protección de todos los derechos fundamentales", expuso el ministro Zaldívar.

La decisión de hoy de la Corte sienta precedente para reclamar al Congreso federal y estatales la emisión de leyes por vía del amparo, siempre y cuando exista un mandato constitucional expreso para que lo hagan.

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16/11/2017 (2842)        compartir en facebook compartir en twitter compartir en G+ compartir en Whatsapp



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