PERSONERÍA JURÍDICA MATRÍCULA 32264
DPPJ Pcia. BUENOS AIRES
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Las claves del DNU de Macri que modifica la Ley de Medios.

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Todos los artículos del decreto de necesidad y urgencia de Macri que terminan con el Afsca y cambian radicalmente la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 267, que crea el Ente Nacional de Comunicaciones, se modifican 7 artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. A continuación, se detallan los cambios en el articulado de la ley 26.522:

- Artículo 25: indica que las personas jurídicas no podrán emitir acciones, bonos o cualquier tipo de obligaciones negociables, sin autorización del Enacom, cuando de estas operaciones esté comprometido un porcentaje mayor al 30 por ciento del capital social.

- Artículo 38: se establece que el Enacom adjudicará a demanda las licencias para la instalación y explotación de servicios de comunicación audiovisual para suscripción sobre soporte satelital.

- Artículo 40: establece que las licencias serán susceptibles de una primera prórroga por 5 años que será automática, ante el mero pedido al Enacom. Las prórrogas posteriores serán de 10 años, otorgadas por el Enacom. No obstante, el ministerio de Comunicaciones podrá llamar a concurso a nuevos licenciatarios.

- Artículo 41: indica que las licencias son transferibles "a personas que cumplan con las condiciones de admisibilidad establecidas para su adjudicación", y deberán ser aprobadas por el Enacom. Actualmente eran intransferibles, con algunas excepciones.

- Artículo 45: fija nuevas reglas para la cantidad de licencias. En el orden nacional, se lleva de 10 a 15 la cantidad de licencias de servicios de comunicación audiovisual cuando se trate de televisión abierta o radio; y en el orden provincial, se indica que no podrá exceder la cantidad de 4 licencias.

- Artículo 54: las acciones de las sociedades titulares podrán comercializarse en el mercado de valores en un total de 45 por ciento. Hasta ahora, solo podía hacerlo un 15 por ciento.

- Artículo 63: permite la constitución de redes de radio y televisión con límite temporal. La emisora adherida a una red no podrá cubrir con esas programaciones más del 30 por ciento de sus emisiones mensuales cuando esté en ciudades con más de un millón 500 mil habitantes, entre otras pautas.

Sabbatella, durísimo con el decreto

El ex titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín Sabbatella, dijo que el decreto que crea el Ente Nacional de Comunicaciones y modifica la ley de medios, es "brutal, ilegal y anticonstitucional" y "responde a los intereses de (Héctor) Magnetto y Clarín".

"La única necesidad de urgencia es la de responder a los intereses de Magnetto y Clarín, de pagarle los favores que le han hecho en campaña y de tener un blindaje mediático por las medidas antipopulares que han puesto en marcha", dijo Sabbatella en declaraciones a radio Continental. Sabbatella dijo que se trata de un "decreto ilegal" y que implica "una desobediencia a una orden judicial", en relación al fallo del juez de La Plata Luis Arias, que determinó la "prohibición de alterar, modificar, eliminar o suprimir las funciones y la existencia" de la Afsca.

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04/01/2016 (2352)        compartir en facebook compartir en twitter compartir en G+ compartir en Whatsapp



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