Aníbal Fernández criticó a la Corte por beneficiar nuevamente a Cablevisión y evitar que lo sancionen.
El jefe de Gabinete fustigó al máximo tribunal por confirmar una medida cautelar de la Justicia de Mar del Plata que no permite a la AFSCA aplicar sanciones a la empresa del Grupo Clarín por no cumplir con el ordenamiento de la grilla. "Le impiden al Ejecutivo gobernar. Volvemos al gobierno de los jueces". En ese sentido, Fernández recordó que se trata de la “misma Corte que dice que la ley es constitucional". “Si es constitucional, es raro que no dejen que se aplique", reflexionó el jefe de Gabinete en diálogo con radio Splendid. Al tiempo enfatizó que “la Corte termina confirmando una cautelar de Mar Del Plata que le impide aplicar las sanciones a las empresas que deben cumplir con las sanciones de la ley de medios".La resolución de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena
Highton y Juan Maqueda desestimó un recurso del organismo de aplicación
de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisuales (LSCA) contra una
decisión de la Cámara Federal de Mar del Plata inhibiéndolo de sancionar
a la operadora de televisión por cable en su decisión de no aplicar el
orden de los canales establecido por la autoridad federal.
El
fallo, firmado días atrás pero conocido recién ayer apeló a una
argumento procesal, como que el recurso no se trata de una sentencia
definitiva.
También desestimó el dictamen la Procuradora General
de la Nación, Alejandra Gils Carbó, favorable al recurso de la AFSCA
atento a que es al propio Estado al que se le impide “ejercer facultades
que le son propias como órgano de aplicación de la ley”.
En
2011, la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)
sancionó a la empresa de cable por no cumplir con el ordenamiento
establecido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y
las resoluciones 296/10 y 1225/10 de ese mismo organismo.
Cablevisión
pidió a la justicia que se declarara la inconstitucionalidad del
artículo 65 que ordena la grilla de canales, lo que fue rechazado tanto
en primera como en segunda instancia.
La empresa cableoperadora
amplió la demanda y pidió que se suspendieran las sanciones y el juez de
primera instancia determinó que se debía respetar lo ya decidido, pero
la Cámara Federal de Mar del Plata admitió la solicitud y dictó la
medida cautelar.
Según el tribunal, en el texto del artículo 65
de la Ley de Medios no se establecen sanciones a este tipo de
incumplimiento, al igual que la resolución 1225/10 que reglamenta la
LSCA.
Gils Carbó opinó que la Cámara no logró plantear
“fundamentos serios para sostener este aserto” porque sostuvo que “la
resolución AFSCA 296/10 era, en principio, legítima”.
Sin
embargo, los cuatro miembros de la Corte rechazaron el recurso y
confirmaron así la medida cautelar que vuelve a impedir la aplicación de
diferentes tramos de la Ley de Medios.