PERSONERÍA JURÍDICA MATRÍCULA 32264
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Maniobras Fraudulentas, Telecom/Cablevision no cumplen el DNU 690/20

http://arbia.com.ar/imagenes/tele_cable.jpgManiobras Fraudulentas- Por Gustavo López
Escribo esta nota como ciudadano, abogado, militante político y luchador desde hace más de 30 años por la democratización de los medios. No la escribo en mi rol de vicepresidente del Enacom, porque desde esa función aplico la ley vigente, sin contemplaciones, como deber de funcionario público, sin necesidad de hacer estas reflexiones. También aclaro que las leyes están para ser cumplidas y que cuando una empresa no lo quiere hacer, además de obligarla legalmente, vale una indagación ciudadana. El presidente Alberto Fernández decretó en agosto del año pasado, mediante el DNU 690/20, que el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs) es un derecho humano básico y por lo tanto la telefonía celular, la fija, internet y la TV por pago son servicios públicos esenciales en competencia.

Era algo muy esperado y lógico. Si para estudiar, enseñar, trabajar, acceder a la cultura y al conocimiento, para emitir una receta o para llenar la planilla del IFE se necesitaba conectividad, el Estado debía garantizar el acceso equitativo e igualitario, atendiendo a los más vulnerables.
El DNU refrendado por el Senado de la Nación se convirtió en ley y a partir de ese momento los precios dejaron de ser de libre mercado. Por lo tanto, cualquier incremento debía ser autorizado por el Enacom. También se estableció una Prestación Básica Universal (PBU) para aquellas personas cuyos ingresos fueran iguales o inferiores a dos salarios mínimos vitales y móviles, con el objetivo de que nadie quede afuera de la conectividad por cuestiones económicas. Por ello se crearon planes especiales, a bajo costo, garantizando el acceso para todos (una línea de celular a $150 mensuales, por ejemplo).
En diciembre pasado, a través de las Resoluciones 1466 y 1467, el Enacom puso en marcha la PBU y autorizó sólo el 5% de aumento para el mes de enero en los servicios TICs. Algunas empresas, aduciendo que la resolución era del 18 de diciembre y ya habían emitido las facturas, cobraron con un aumento superior y no autorizado, aclarando algunas a sus clientes que iban a devolver los importes correspondientes.
Frente a estos hechos, desde el Ente emitimos un comunicado a la ciudadanía y advertimos a las empresas que todos aquellos que habían cobrado algún servicio con un aumento superior al autorizado debían devolver el importe en la factura de febrero. Muchas empresas cobraron sólo lo autorizado, otras van a devolver los importes mal habidos y Cablevisión, desafiando lo prescripto por la ley, volvió a facturar febrero con un aumento del 20% a todos sus clientes. ¿Cómo es posible? ¿Cuál es la especulación? Ahora lo voy a analizar como ciudadano ya que como director del Ente Regulador estamos tomando las medidas del caso.
Lo que aquí se pone en juego es la esencia del sistema democrático: quién gobierna el país, si el sistema democrático o una corporación económica.
Hay una ley vigente que declaró a estos servicios como servicio público. Se estableció una prestación básica y se autorizó un 5% de aumento y además, frente al abuso de Cablevisión por el aumento no autorizado, el juzgado Civil y Comercial N° 10 de Mar del plata le ordenó a la empresa que debía devolver los importes cobrados por encima del aumento autorizado.
¿Por qué Cablevisión volvió a facturar con el 20% de aumento?
Reitero, como funcionario público se tomarán las medidas legales correspondientes para hacer cumplir las resoluciones vigentes y aplicar las sanciones que correspondan a través de un sumario.
Como militante del tema y abogado conocedor de la política judicial quiero dudar sobre una posible maniobra económico- judicial que podría perjudicar a millones de usuarios en beneficio de una sola empresa, salteando a las instituciones de la Constitución que establecieron la ley vigente.
Desde la sanción del DNU 690/20, todas las grandes empresas judicializaron el tema y después de varios meses no obtuvieron el beneficio económico que buscaban, ya que todo sigue vigente y ningún amparo les fue otorgado.
Sin embargo, en plena feria judicial, se presentó esta demanda: “TELECOM SA C/ ENACOM Y OTRO S/ MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA -Expte 12.881/2020-.” Actualmente tramita por ante el juzgado Contensioso Administrativo Federal N° 10 a cargo del juez de Feria Edgardo Walter Lara. El juez de feria sólo tiene el expediente en la segunda quincena de enero y está en sus manos ratificar la ley vigente, ratificar la PBU, determinar (como ya se resolvió) que devuelvan el dinero mal cobrado o, como pasó en otras oportunidades, dejar a millones de personas a merced de los intereses económicos de una empresa, sin PBU y al aumento antojadizo que pretendan.
Es una reflexión, una simple especulación de un militante político que hace sólo 30 años transita estos temas, que sólo hacen a la calidad de nuestra democracia.

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25/01/2021 (5026)        compartir en facebook compartir en twitter compartir en G+ compartir en Whatsapp



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